Acuerdo de Servicios Corporativos
Destinatarios: Empresas aprobadas, hoteles, conserjes, profesionales de viajes y clientes institucionales
Entidad legal: Elevate Mobility Group LLC, que opera bajo el nombre comercial XVIA USA
Dirección comercial principal: 411 Theodore Fremd Ave, Ste 206, Rye, NY
Fecha de entrada en vigor: 8 de agosto de 2026
1. Alcance de la Cuenta Corporativa
XVIA puede aprobar Cuentas Corporativas para empresas, hoteles, negocios de hotelería, servicios de conserjería, agencias de viajes, firmas profesionales, organizaciones y otros clientes empresariales. Según la configuración de la cuenta y las condiciones comerciales acordadas por separado, las funciones pueden incluir reservas de transporte para empleados, ejecutivos, clientes, huéspedes u otros viajeros autorizados; gestión centralizada de reservas; responsables autorizados de reservas; facturación; informes; precios negociados; transporte para eventos; y reservas inmediatas o bajo demanda aprobadas. Las funciones de la Cuenta Corporativa no están disponibles automáticamente para todos los clientes. XVIA puede determinar qué funciones, acuerdos de crédito, privilegios de reserva y opciones de servicio se habilitan para cada cuenta aprobada.
2. Aprobación, usuarios autorizados y seguridad de la cuenta
Los privilegios corporativos, la facturación, el crédito y las reservas inmediatas o bajo demanda requieren aprobación de XVIA. XVIA puede solicitar información razonablemente necesaria para establecer y gestionar la cuenta, incluida identidad empresarial, dirección comercial, datos de facturación, representantes autorizados, información de pago, uso previsto del transporte e información de verificación. Los roles de una Cuenta Corporativa pueden incluir Administrador Corporativo, Responsable Autorizado de Reservas y Viajero/Pasajero Corporativo. Cada persona que acceda a funciones administrativas o de reserva debe utilizar credenciales que permitan identificarla individualmente cuando el sistema admita acceso individual. El Cliente Corporativo es responsable de mantener precisa la información de usuarios autorizados, limitar el acceso a personal autorizado, proteger las credenciales y notificar de inmediato a XVIA sobre sospechas de acceso no autorizado o cuando deba retirarse la autorización de una persona. No deben utilizarse nombres de usuario o contraseñas genéricos compartidos cuando estén disponibles credenciales individuales.
3. Reservas por terceros y comunicaciones con pasajeros
Un Responsable Autorizado de Reservas puede organizar transporte para un pasajero identificado. Debe proporcionar la información razonablemente necesaria para realizar la reserva, que puede incluir nombre y datos de contacto del pasajero, lugar de recogida y destino, información del vuelo, número de pasajeros, requisitos de equipaje o vehículo, solicitudes de accesibilidad o adaptaciones proporcionadas voluntariamente para el viaje e instrucciones pertinentes. El Cliente Corporativo y el Responsable Autorizado de Reservas son responsables de contar con la autorización adecuada para proporcionar datos del pasajero a XVIA para el transporte solicitado y de utilizar esa información conforme a la legislación aplicable y a sus propias obligaciones frente al pasajero. Un pasajero cuya reserva sea realizada por otra persona puede recibir comunicaciones transaccionales razonablemente necesarias para prestar o apoyar el viaje, como confirmaciones de reserva, información del proveedor o vehículo, coordinación de recogida, actualizaciones del viaje, recibos, comunicaciones de seguridad o avisos del servicio. Una reserva por un tercero no inscribirá por sí sola al pasajero en comunicaciones de marketing. Los mensajes de marketing se gestionarán conforme a los requisitos aplicables de consentimiento y baja.
4. Cargos y responsabilidad de pago
El Cliente Corporativo es responsable de los cargos debidamente incurridos mediante el uso autorizado de su Cuenta Corporativa, sujeto a los permisos aplicables de la cuenta, las condiciones comerciales acordadas, las impugnaciones válidas de facturación y la legislación aplicable. Los cargos pueden incluir tarifas de transporte, tiempo de espera, peajes, cargos aeroportuarios o de instalaciones, cancelaciones o ausencias, propinas aprobadas, cargos de limpieza o daños al vehículo que cumplan los criterios, paradas adicionales, costos autorizados de devolución de objetos y otros importes informados o acordados en relación con la reserva aplicable. El pago puede realizarse mediante una tarjeta registrada, facturación centralizada, pago individual del viajero o empleado con informes corporativos, emisión de facturas u otro acuerdo aprobado por XVIA. Según la cuenta, XVIA puede exigir un medio de pago alternativo válido, depósito, pago anticipado u otra garantía razonable de pago.
5. Facturación, límites de crédito y condiciones de pago
Las Cuentas Corporativas aprobadas pueden recibir condiciones de pago como pago al recibir la factura, Net 15 u otro calendario expresamente acordado por XVIA y el Cliente Corporativo. La facturación puede realizarse por viaje, semanalmente, cada dos semanas, mensualmente o según otro ciclo acordado. Salvo que el acuerdo de cuenta o la factura establezcan expresamente condiciones diferentes, Net 15 significa que el saldo no impugnado de una factura vence dentro de los 15 días calendario posteriores a su fecha. Los privilegios de facturación y crédito no son derechos automáticos. XVIA puede establecer o ajustar límites de crédito razonables, depósitos, requisitos de pago anticipado, medios de pago alternativos u otras garantías de pago según el uso de la cuenta, historial de pagos, consideraciones crediticias, sospechas de fraude u otros riesgos comerciales legítimos, sujeto a los acuerdos y la legislación aplicables. Cualquier cambio significativo de una condición de pago expresamente negociada se comunicará al Cliente Corporativo y se aplicará conforme al acuerdo y la legislación correspondientes.
6. Impugnaciones de facturación, pagos tardíos y restricciones de cuenta
El Cliente Corporativo debe notificar de inmediato a XVIA cuando impugne una factura o cargo de reserva y proporcionar información suficiente para identificar el importe y explicar el fundamento de la impugnación. Una impugnación de buena fe sobre un cargo no suspende la obligación de pagar a su vencimiento otros importes no relacionados y no impugnados. Sujeto al acuerdo y la legislación aplicables, XVIA puede suspender los privilegios de facturación, exigir pago anticipado, restringir nuevas reservas, reducir el crédito disponible o suspender una Cuenta Corporativa por impago significativo no impugnado, actividad fraudulenta de pagos u otro riesgo significativo de pago. Los cargos por mora, intereses, costos de cobro o cargos similares solo se aplicarán cuando se hayan informado o acordado según lo exigido y estén permitidos por la legislación aplicable. XVIA no impondrá un cargo por mora no especificado únicamente porque una factura se encuentre vencida.
7. La remuneración del proveedor de transporte es independiente
El acuerdo de pago o facturación del Cliente Corporativo con XVIA es independiente del acuerdo de remuneración entre XVIA y el proveedor de transporte que realice una reserva asignada. La elegibilidad del proveedor para recibir remuneración, el importe, las deducciones, el calendario de pagos y los requisitos de procesamiento se rigen por el acuerdo aplicable con el proveedor, las condiciones de reserva y las políticas de pago. Salvo que el acuerdo aplicable con el proveedor disponga expresamente lo contrario, su remuneración no estará condicionada únicamente a que XVIA cobre primero la factura correspondiente al Cliente Corporativo. Los plazos de pago al proveedor pueden variar según el programa o acuerdo. Cualquier calendario diario, semanal, cada dos semanas u otro que corresponda al proveedor debe establecerse en su acuerdo o condiciones de pago, en lugar de garantizarse mediante este Acuerdo de Servicios Corporativos. Los tiempos de procesamiento bancario, de procesadores y redes de pago, fines de semana, días festivos y revisiones de cumplimiento pueden afectar la disponibilidad de los fondos.
8. Prohibición de cobro directo o fuera de la plataforma por el proveedor
Salvo que XVIA autorice expresamente lo contrario para una transacción concreta, un proveedor de transporte no puede facturar ni cobrar de manera independiente a un Cliente Corporativo o pasajero de XVIA por una reserva asignada por XVIA. Los proveedores no pueden solicitar que una reserva asignada por XVIA se pague mediante Zelle, Venmo, Cash App, efectivo, un medio personal de procesamiento de tarjetas u otro canal de pago no autorizado fuera de la plataforma. Tampoco pueden modificar de forma independiente el precio establecido o comunicado mediante XVIA. Los proveedores no pueden utilizar información confidencial de cuentas, pasajeros, reservas o relaciones comerciales obtenida mediante una asignación de XVIA para desviar indebidamente una reserva activa ni utilizar indebidamente información confidencial de XVIA. Cualquier restricción independiente sobre captación directa, elusión o relaciones comerciales posteriores a la asignación se rige por el acuerdo aplicable con el proveedor y la legislación aplicable.
9. Precios corporativos y políticas de pasajeros
Los precios corporativos pueden utilizar tarifas estándar, negociadas, fijas o por zona, tarifas aeroportuarias, por hora o para eventos, acuerdos basados en volumen, precios preferenciales u otra estructura acordada. Los precios corporativos no son necesariamente inferiores a los disponibles para clientes individuales. Los precios, mínimos, servicios incluidos, tiempo de espera, reglas de cancelación, tratamiento de propinas, peajes, cargos aeroportuarios o de instalaciones y otras condiciones comerciales pueden variar según la Cuenta Corporativa o reserva y deben reflejarse en el acuerdo aplicable, la hoja de tarifas, la confirmación de reserva u otra comunicación autorizada. Los pasajeros corporativos siguen sujetos a las políticas aplicables de XVIA sobre conducta, seguridad, accesibilidad, animales de servicio, limpieza, daños, cancelaciones, tiempo de espera y ausencias. El Cliente Corporativo puede ser financieramente responsable de cargos que cumplan los criterios incurridos por sus viajeros o responsables de reservas autorizados cuando lo permitan el acuerdo de cuenta y la legislación aplicables.
10. Confidencialidad y protección de la información de la cuenta
XVIA y el Cliente Corporativo utilizarán medidas razonables para proteger información empresarial no pública, credenciales, información de reservas y otros datos confidenciales recibidos en relación con la Cuenta Corporativa. Los proveedores de transporte recibirán la información razonablemente necesaria para realizar el transporte asignado y las funciones operativas relacionadas. Los proveedores no pueden conservar, divulgar, vender ni utilizar información del Cliente Corporativo o de pasajeros para fines ajenos, salvo autorización de XVIA, de la persona, del acuerdo aplicable o de la ley. Ninguna disposición de esta sección impide que una parte utilice información que sea pública sin incumplimiento de una obligación, que ya conociera legalmente sin restricción de confidencialidad, que se desarrolle de manera independiente sin uso indebido de información confidencial o que deba divulgarse conforme a la legislación aplicable o a un procedimiento legal válido.
11. Suspensión y terminación
XVIA puede restringir, suspender o terminar los privilegios de una Cuenta Corporativa por impago significativo no impugnado, fraude, uso no autorizado, infracciones repetidas o significativas de políticas, incumplimiento sustancial, preocupaciones importantes de seguridad de la cuenta, abuso de privilegios crediticios, actividad ilícita o un riesgo grave de seguridad o legal. Cuando las circunstancias lo justifiquen, XVIA puede aplicar una restricción temporal mientras revisa sospechas de fraude, acceso no autorizado, riesgos de pago, problemas de seguridad u otros asuntos significativos de la cuenta.
El Cliente Corporativo puede solicitar el cierre de su Cuenta Corporativa, sujeto al pago de obligaciones pendientes no impugnadas y a las condiciones contractuales que sigan vigentes. El cierre no elimina las obligaciones o los derechos surgidos antes de la terminación. Un acuerdo escrito negociado por separado puede contener derechos adicionales de terminación o requisitos de aviso y regirá los asuntos comerciales específicos que aborde expresamente.
12. Relación con otras políticas y acuerdos de XVIA
El transporte corporativo también está sujeto a las políticas de XVIA aplicables al servicio concreto, incluidos los Términos de Servicio para Clientes, la Política de Privacidad, la Política de Seguridad, Conducta, Accesibilidad, Limpieza y Objetos Perdidos de los Pasajeros, y las condiciones aplicables de tarifas, pagos, cancelaciones, tiempo de espera, aeropuertos, comunicaciones o promociones. Si este Acuerdo de Servicios Corporativos u otro acuerdo corporativo escrito negociado por separado contradice expresamente una política general de XVIA sobre un asunto comercial tratado específicamente por el acuerdo corporativo, ese acuerdo específico regirá el asunto en la medida permitida por la ley. Ninguna disposición de este Acuerdo autoriza a un Cliente Corporativo, Responsable Autorizado de Reservas, pasajero o proveedor de transporte a exigir conductas contrarias a la legislación aplicable o a los requisitos de seguridad.
13. Asistencia corporativa y avisos
Los Clientes Corporativos deben mantener actualizada su información autorizada de contacto y facturación. Las consultas operativas sobre reservas, facturación, acceso a la cuenta e impugnaciones deben presentarse mediante el canal de asistencia o de cuentas corporativas de XVIA designado para la cuenta. Los avisos formales exigidos por un acuerdo negociado por separado deben entregarse mediante el método establecido en ese acuerdo. Si no se especifica un método independiente, XVIA puede proporcionar avisos relacionados con la cuenta electrónicamente a un Administrador Corporativo autorizado u otro contacto designado, en la medida permitida por la legislación aplicable.